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- ¿Cuáles son los 14 alérgenos de declaración obligatoria?
- Según el Reglamento (UE) 1169/2011: cereales con gluten, crustáceos, huevos, pescado, cacahuetes, soja, leche, frutos de cáscara, apio, mostaza, sésamo, dióxido de azufre y sulfitos, altramuces y moluscos. Deben indicarse de forma clara en la carta.
- ¿Cómo se calcula la incidencia de un alérgeno?
- Divide el número de platos que contienen el alérgeno entre el total de platos de la carta y multiplica por 100. La cuota de platos sin alérgenos se obtiene restando del total los platos con el alérgeno y los que solo tienen trazas.
- ¿Las trazas cuentan como presencia del alérgeno?
- Las trazas indican posible contaminación cruzada, no un ingrediente intencionado. Se contabilizan aparte porque el riesgo de gestión en cocina es distinto, pero igualmente deben comunicarse al cliente alérgico.
Respuestas rápidas
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son los 14 alérgenos de declaración obligatoria?
Según el Reglamento (UE) 1169/2011: cereales con gluten, crustáceos, huevos, pescado, cacahuetes, soja, leche, frutos de cáscara, apio, mostaza, sésamo, dióxido de azufre y sulfitos, altramuces y moluscos. Deben indicarse de forma clara en la carta.
¿Cómo se calcula la incidencia de un alérgeno?
Divide el número de platos que contienen el alérgeno entre el total de platos de la carta y multiplica por 100. La cuota de platos sin alérgenos se obtiene restando del total los platos con el alérgeno y los que solo tienen trazas.
¿Las trazas cuentan como presencia del alérgeno?
Las trazas indican posible contaminación cruzada, no un ingrediente intencionado. Se contabilizan aparte porque el riesgo de gestión en cocina es distinto, pero igualmente deben comunicarse al cliente alérgico.