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IVA hostelería

Cálculo del IVA en hostelería

Extrae el IVA de un importe con IVA o añádelo a una base sin IVA, a los tipos españoles de hostelería: 21 % (alcohol), 10 % (servicio) y 4 % (superreducido).

Actualizado: mayo de 2026
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Resultado

Descomposición de un importe con IVA en base sin IVA e IVA.

Base sin IVA€100.00
IVA€10.00
Total con IVA€110.00
Tipo aplicado10 %
Fórmula
  1. Sin IVA = Con IVA / (1 + tipo)
  2. IVA = Sin IVA × tipo
  3. Con IVA = Sin IVA + IVA

Cálculo orientativo. El tipo aplicable depende del producto (alcohol al 21 %; hostelería al 10 %). Canarias (IGIC), Ceuta y Melilla (IPSI) tienen impuestos distintos. Confirma el tipo exacto con tu asesor. Tipos verificados el 2026-05-30.

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Los tres tipos de IVA en la hostelería (Península y Baleares)

En España, la hostelería aplica tres tipos de IVA. El tipo correcto depende primero del producto (alcohólico o no) y del encuadre del servicio.

Sin IVA = Con IVA / (1 + tipo)
IVA = Sin IVA × tipo
Con IVA = Sin IVA + IVA

¿Bebida alcohólica? ── sí ──▶ 21 %
        │
        no
        ▼
¿Servicio de hostelería (comida / bebida no alcohólica)? ── sí ──▶ 10 %
        │
        no (producto de primera necesidad)
        ▼
       4 %  (cuando proceda)
TipoSe aplica a
21 %Bebidas alcohólicas (tipo general)
10 %Servicio de hostelería y restauración (comida y bebidas no alcohólicas servidas)
4 %Productos de primera necesidad (pan, leche, etc.), cuando proceda

A confirmar. Los tipos indicados se refieren a la Península y Baleares y a la estructura habitual del IVA en hostelería; la elegibilidad (tipo superreducido) y los impuestos de Canarias (IGIC), Ceuta y Melilla (IPSI) deben confirmarse con un asesor antes de cualquier uso en producción.

Ejemplo: menú del día con una copa de vino

Un menú del día a 13,20 € con IVA (10 %) y una copa de vino a 3,63 € con IVA (21 %):

  • Menú: 13,20 € / 1,10 = 12,00 € sin IVA, es decir 1,20 € de IVA
  • Vino: 3,63 € / 1,21 = 3,00 € sin IVA, es decir 0,63 € de IVA
  • Total: 15,00 € sin IVA + 1,83 € de IVA = 16,83 € con IVA (IVA desglosado por línea, tipos distintos)
Aviso fiscal

Cálculo meramente informativo. Los tipos de IVA, los impuestos y las reglas fiscales dependen del caso concreto y cambian con el tiempo: consulta siempre con tu asesor fiscal y las fuentes oficiales.

Risposte rapide

Respuestas directas

¿Qué tipos de IVA se aplican en la hostelería en España?
En la Península y Baleares conviven tres tipos: 21 % (tipo general) para las bebidas alcohólicas; 10 % (tipo reducido) para el servicio de hostelería y restauración (comida y bebidas no alcohólicas servidas); y 4 % (tipo superreducido) para algunos productos de primera necesidad. Canarias (IGIC), Ceuta y Melilla (IPSI) tienen impuestos distintos — confirma con tu asesor.
¿Por qué el alcohol lleva 21 % y la comida 10 %?
El servicio de hostelería se beneficia del tipo reducido (10 %), pero las bebidas alcohólicas quedan excluidas y mantienen el tipo general del 21 %. Por eso, en una comida con vino, el plato y el vino tributan a tipos distintos.
¿Cómo extraigo el IVA de un importe con IVA?
Divide el importe con IVA entre (1 + tipo). Ejemplo al 10 %: 110 € / 1,10 = 100 € sin IVA, es decir 10 € de IVA. El modo «Extraer el IVA» de la calculadora hace esta cuenta automáticamente.
¿El tipo del 10 % se aplica a todas las bebidas?
No. El tipo reducido del 10 % abarca la comida y las bebidas no alcohólicas del servicio de hostelería, pero las bebidas alcohólicas tributan al 21 %. Algunos productos de primera necesidad pueden tener su propio encuadre (4 %) — confírmalo.
¿Los tipos son iguales en Canarias, Ceuta y Melilla?
No. Canarias no aplica IVA sino el IGIC, y Ceuta y Melilla aplican el IPSI, con tipos diferentes. Esta calculadora usa los tipos de IVA de la Península y Baleares; confirma el impuesto y el tipo aplicable con tu asesor.
Respuestas rápidas

Preguntas frecuentes

¿Qué tipos de IVA se aplican en la hostelería en España?

En la Península y Baleares conviven tres tipos: 21 % (tipo general) para las bebidas alcohólicas; 10 % (tipo reducido) para el servicio de hostelería y restauración (comida y bebidas no alcohólicas servidas); y 4 % (tipo superreducido) para algunos productos de primera necesidad. Canarias (IGIC), Ceuta y Melilla (IPSI) tienen impuestos distintos — confirma con tu asesor.

¿Por qué el alcohol lleva 21 % y la comida 10 %?

El servicio de hostelería se beneficia del tipo reducido (10 %), pero las bebidas alcohólicas quedan excluidas y mantienen el tipo general del 21 %. Por eso, en una comida con vino, el plato y el vino tributan a tipos distintos.

¿Cómo extraigo el IVA de un importe con IVA?

Divide el importe con IVA entre (1 + tipo). Ejemplo al 10 %: 110 € / 1,10 = 100 € sin IVA, es decir 10 € de IVA. El modo «Extraer el IVA» de la calculadora hace esta cuenta automáticamente.

¿El tipo del 10 % se aplica a todas las bebidas?

No. El tipo reducido del 10 % abarca la comida y las bebidas no alcohólicas del servicio de hostelería, pero las bebidas alcohólicas tributan al 21 %. Algunos productos de primera necesidad pueden tener su propio encuadre (4 %) — confírmalo.

¿Los tipos son iguales en Canarias, Ceuta y Melilla?

No. Canarias no aplica IVA sino el IGIC, y Ceuta y Melilla aplican el IPSI, con tipos diferentes. Esta calculadora usa los tipos de IVA de la Península y Baleares; confirma el impuesto y el tipo aplicable con tu asesor.

Versión italiana: Calcolo IVA ristorazione

Resultado

Descomposición de un importe con IVA en base sin IVA e IVA.

Base sin IVA€100.00
IVA€10.00
Total con IVA€110.00
Tipo aplicado10 %
Fórmula
  1. Sin IVA = Con IVA / (1 + tipo)
  2. IVA = Sin IVA × tipo
  3. Con IVA = Sin IVA + IVA

Cálculo orientativo. El tipo aplicable depende del producto (alcohol al 21 %; hostelería al 10 %). Canarias (IGIC), Ceuta y Melilla (IPSI) tienen impuestos distintos. Confirma el tipo exacto con tu asesor. Tipos verificados el 2026-05-30.

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